Orden para que se distribuyan inmediatamente en las causas decomiso, que se sentencian a los ramos que correspondan y que solo se suspenda cuando haya apelación al supremo consejo o al Juez
Real cédula mandando publicar en estos reinos el breve pontificio sobre la prorrogación de las facultades concedidas al Vicario General de los ejércitos y armada
Real orden para que en las causas de comisos que no existiere un denunciante se gratifique con la cuarta parte correspondiente a los individuos del resguardo que decomisaron el contrabando se les aplique a estos la cuarta parte correspondiente al denunciador